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Ámbito y objeto

Norma de control para la protección de derecho de los socios.

Ámbito. Las disposiciones de esta norma se aplicarán de manera obligatoria a las cooperativas de ahorro y crédito de los segmentos 1, 2, y 3, así como a las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, a quienes se denominará en adelante como "entidad o entidades".

Objeto. La presente norma tiene por objeto establecer las disposiciones generales para la protección de los derechos de los socios, clientes y usuarios que coadyuven a la inclusión financiera, que las entidades deberán observar especialmente para:

  1. Reducir las brechas de género en el acceso y uso de los servicios y productos financieros;
  2. Transparentar la información desagregada por género del sector financiero popular y solidario;
  3. Fomentar el acceso a educación financiera y la participación de sus órganos directivos; y,
  4. Diseñar y ofertar productos financieros con perspectiva de género.

Para mayor información, referirse al portal de datos interactivo de la Economía Popular y Solidaria de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

Indicadores de género

Norma de control para la protección de derecho de los socios.